EPS podrán corregir información de afiliados y recibir dineros por concepto de glosas generadas en procesos de compensación (4:42 p.m.)
11 de Julio de 2011
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Nota:
74578
La normativa vigente prohíbe realizar el proceso de compensación (cruce de cuentas entre las cotizaciones recaudadas por las EPS y los recursos que el sistema de salud les reconoce por cada afiliado) con respecto a personas que no estén registradas en la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA), para lo cual debe surtirse la respectiva validación. Como en las validaciones se han generado glosas o inconsistencias de información de afiliados, el Ministerio de la Protección Social acaba de autorizar a esas entidades para actualizar, por una única vez, la información suministrada en los procesos normales de actualización de la BDUA que originó las glosas, con el fin de que reciban efectivamente la unidad de pago por capitación (UPC) y los demás recursos que el sistema les reconoce en este proceso. La Resolución 2643 del 2011 establece las reglas y los eventos en los que se podrán realizar los ajustes para la actualización de la información.
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