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Decretos reglamentarios únicosRegulan trámite para la anotación en el Runeol (8:15 a.m.)

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21 de Septiembre de 2015

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El Ministerio de Comercio reguló lo pertinente al registro único nacional de entidades operadoras de libranza o descuento directo (Ru­neol), el cual consiste en la anotación electrónica que realizarán las cámaras de comercio de manera virtual, con el fin de darle publicidad a los operadores de libranza o descuento directo que cumplan con los requisitos establecidos en la ley, así como también a las entidades operadoras a las que se les haya asignado el código único de reconocimiento a nivel nacional. De esta manera, se adiciona un capítulo al Libro 2, Parte 2, Título 2 del Decreto 1074 del 2015, único reglamentario del sector. La norma fija el trámite para la anotación en el registro, la actualización de la información del Runeol, renovación anual, causales de cancelación del código único de reconocimiento de operadores, la abstención de la inscripción y costos de administración del registro.

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