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Administrativo


Declaratoria de insubsistencia debe obedecer a razones del buen servicio

21 de Agosto de 2013

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Nota:
23424

La Sección Segunda del Consejo de Estado recordó que en los cargos de libre nombramiento y remoción procede el retiro mediante la declaratoria de insubsistencia, siempre y cuando obedezca a razones del buen servicio público.

 

Si la entidad no demuestra que el acto administrativo no está inspirado en motivos personales y burocráticos, se estructura la desviación de poder como causal autónoma de nulidad, afectando la presunción de legalidad del acto.

 

En el caso analizado, el alto tribunal declaró nulo el acto mediante el cual se retiró del servicio a una funcionaria de libre nombramiento y remoción de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.

 

En su opinión, la funcionaria demostró que prestaba un excelente servicio público, razón por la que tenía derecho a permanecer en el cargo mientras observara buena conducta, su rendimiento fuera satisfactorio y no hubiera llegado a la edad de retiro forzoso.

 

(Consejo de Estado, Sección Segunda, Sentencia 25000232500020060553602 (225611), mayo 2/13, C. P. Alfonso Vargas Rincón)

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