CNE no tendrá sección presupuestal independiente en el presupuesto general de la Nación
Considerando el proceso electoral que se avecina, se modularon los efectos a partir del 1º de enero del 2027.06 de Mayo de 2026
La Corte Constitucional declaró inexequibles los artículos 336 y 337 del Plan Nacional de Desarrollo 2022 – 2026 (Ley 2294/23), por medio de los cuales se creó una sección presupuestal independiente en el presupuesto general de la Nación al Consejo Nacional Electoral (CNE) y se otorgaron facultades de contratación y ordenación del gasto a su presidente.
Según el alto tribunal, estas disposiciones eran contrarias a la Constitución por vulnerar el principio de unidad de materia, debido a que no tenían conexidad directa alguna con el objetivo, meta, plan o estrategia de las bases del Plan Plurianual de Inversiones del Plan Nacional de Desarrollo, por lo que se reestablece la vigencia de la regulación orgánica presupuestal anterior.
No obstante, teniendo en cuenta el papel que cumple el CNE en la organización electoral y que está en curso el proceso para elegir Presidente de la República, la Sala decidió modular los efectos de su decisión para que operen a partir del 1 de enero del 2027. La votación fue de 8–0.
Entre tanto, el Ministerio de Hacienda, Registraduría Nacional del Estado Civil, CNE y el Departamento Nacional de Planeación se deberán coordinar para hacer las adecuaciones normativas e institucionales que se requieran y presentar el proyecto de presupuesto para la vigencia 2027 conforme a lo establecido (M. P. Juan Carlos Cortés González).
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