Administrativo
Criterios de evaluación deben estar en pliegos de condiciones de contratación estatal
28 de Marzo de 2016
El Consejo de Estado indicó que los criterios de evaluación para adjudicar un contrato del Estado deben estar delimitados en forma precisa en el pliego de condiciones, toda vez que estos parámetros son los que guiarán al comité designado para que analicen, estudien y califiquen las propuestas presentadas y elijan a quién se le va adjudicar el contrato. (Lea: Prórroga automática del contrato estatal es ilegal).
Así mismo, la Sala Administrativa afirmó que el apropiado desarrollo de las pautas o normas para evaluar las ofertas, al ser definido con antelación y de manera clara e imparcial, protege y asegura el cumplimiento de los principios de trasparencia y objetividad para seleccionar al contratista.
Sin embargo, los proponentes pueden interpretar el alcance de algunos temas contenidos en el pliego de acuerdo con las reglas básicas de la hermenéutica jurídica.
Finalmente, la alta corporación reiteró que los pliegos de condiciones poseen doble naturaleza jurídica, al ser inicialmente un acto administrativo de carácter general y obligatorio para los oferentes y después convertirse en el marco jurídico que determina el contenido y alcance del negocio jurídico (C.P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa).
Consejo de Estado Sección Tercera, Sentencia 15001233100020070064001 (54919), Ene. 27/16
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