15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 8 hours | ISSN: 2805-6396

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Corresponde a la autoridad de tránsito local autorizar y/o prohibir la instalación de publicidad en vehículos (3:51 p.m.)

04 de Julio de 2019

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Nota:
121722
El artículo 3º de la Ley 1383 del 2010 modificó el artículo 5º de la Ley 769 del 2002, sobre demarcación y señalización vial, en el sentido de eliminar la facultad legal atribuida al Ministerio de Transporte para reglamentar lo atinente a la ubicación y colocación de vallas publicitarias y promocionales, letreros y avisos, sus características y medidas, conforme a lo señalado en la Ley 140 de 1994. Por lo tanto, al desaparecer dicha atribución, quedó en cabeza de las autoridades de tránsito locales determinar las autorizaciones y/o prohibiciones para la instalación de publicidad en los vehículos de servicio particular y público.

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