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Convocatoria pública puede sufrir modificaciones para garantizar el proceso (8:15 a.m.)

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29 de Julio de 2019

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La Sección Quinta del Consejo de Estado precisó que la convocatoria pública es la ley del proceso de selección y con base en sus reglas debe adelantarse todo el trámite y a sus disposiciones deben someterse tanto la administración como los aspirantes. Sin embargo, ello no quiere decir que dichas normas sean completamente inmodificables, toda vez que muchas veces, debido a la dinámica propia del proceso de selección, se torna necesario hacer ajustes que permitan su correcto desarrollo. Lo importante en esos eventos es que se garanticen los principios propios que deben regir este tipo de convocatorias, principalmente la transparencia y publicidad, con el fin de preservar así la igualdad entre los participantes, concluye la providencia (C. P. Carlos Enrique Moreno).

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