Consejo de Estado reitera presupuestos de validez probatoria de declaraciones extrajuicio (3:46 p.m.)
01 de Febrero de 2013
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Nota:
86179
Conceder valor probatorio a las declaraciones extrajuicio que no cumplen con los preceptos legales contemplados en los artículos 298 y 299 del Código de Procedimiento Penal resulta contrario a los presupuestos procesales de orden público, que son imprescindibles y excepcionales, anotó el Consejo de Estado. Por otra parte, la Sala reiteró que las pruebas pueden ser valoradas en el proceso contencioso administrativo, aunque hayan sido practicadas sin citación o intervención de alguna de ellas en el proceso original y no estén ratificadas ante esta jurisdicción, cuando el traslado de las que se practicaron en otro proceso es solicitado por o con la anuencia de ambas partes (C.P. Danilo Rojas Betancourth).
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