Consejo de Estado precisa la figura de liquidación del contrato estatal (8:30 a.m.)
05 de Junio de 2019
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Nota:
111538
A través de un concepto publicado recientemente, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado explicó de manera integral la figura de la liquidación de los contratos estatales y precisó, entre otras cosas, la noción, la procedencia, la obligatoriedad, el contenido y las funciones. Inicialmente, enfatizó que la liquidación de un contrato consiste en ajustar, saldar, pagar o determinar el valor de las acreencias y de las deudas correspondientes al mismo, así como ponerle fin a los derechos y obligaciones que derivan de la fuente contractual. Esta liquidación es un procedimiento por medio del cual, concluido el contrato, las partes verifican en qué medida y de qué manera cumplieron las obligaciones recíprocas derivadas, con el fin de establecer si se encuentran o no a paz y salvo por todo concepto en relación con su ejecución. Con todo, es un trámite que busca determinar el resultado final de los derechos y deberes de las partes. (C.P. Álvaro Namén Vargas)
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