Consejo de Estado hace precisión procesal sobre la falsa motivación en materia disciplinaria (11:01 a.m.)
08 de Mayo de 2019
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Nota:
112014
Sobre la falsa motivación en materia disciplinaria, el Consejo de Estado anotó recientemente que si bien su propia jurisprudencia había señalado que el control judicial de los procedimientos disciplinarios no se trata de una tercera instancia, en la cual se pudieran practicar pruebas que no fueron pedidas en el procedimiento administrativo y que sirvieron de sustento para la decisión, se impone para la justicia la valoración de aquellas pruebas que fueron practicadas. Lo anterior, agrega el pronunciamiento, para desentrañar si se presentó un defecto fáctico que amerite la anulación de los actos sancionatorios, puesto que si en dicho procedimiento se quebrantó el derecho de defensa o el debido proceso al disciplinado “aquel no tiene otro recurso distinto para demostrar tal vulneración” (C. P. Carmelo Perdomo).
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