Consejeros sostienen que no se avanzó en la reparación integral por muerte o incapacidad de amas de casa (4:37 p.m.)
17 de Noviembre de 2017
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Nota:
57617
La Sección Tercera del Consejo de Estado unificó en junio su jurisprudencia en relación con la forma de tasar los perjuicios por la muerte o las lesiones sicofísicas superiores al 50 % que sufren las personas que desarrollan las labores de economía y cuidado del hogar. Aunque los consejeros Stella Conto y Jaime Orlando Santofimio comparten las consideraciones mayoritarias en lo que respecta al juicio de responsabilidad y, por supuesto, al imperativo de reconocer el lucro cesante, lamentan que la Sala no haya logrado avanzar en el ajuste propuesto inicialmente por el ponente Hernán Andrade, esto es, la reparación integral por la muerte o incapacidad de quien asumía el cuidado en el grupo familiar, con un significado superior. Lo anterior en cuanto se logra permear la aplicación inmediata de las normas constitucionales y los tratados internacionales suscritos por Colombia”, en materia de discriminación y violencia de género. Por lo tanto, concluye el salvamento, cuando la Sala Plena no reconoce y liquida los perjuicios a favor de la víctima está consolidando una acción que se opone al mencionado principio universal, pero en especial a la existencia y operatividad del recurso judicial efectivo en los términos de la Convención Americana de Derechos Humanos.
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