¿Aseguradoras están legitimadas para demandar acto de liquidación unilateral del contrato?
01 de Febrero de 2021
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La Sección Tercera del Consejo de Estado precisó que las aseguradoras están legitimadas formalmente para interponer acción de controversias contractuales contra los actos administrativos proferidos con ocasión de la actividad contractual. De igual forma, indicó que el acto administrativo que liquida unilateralmente un contrato estatal es una decisión expedida con ocasión de la actividad contractual de la Administración. Lo anterior, toda vez que pertenece a la esfera de ejecución del negocio jurídico y, concretamente, a una o algunas de sus cláusulas pactadas por las partes o por las facultades conferidas por la ley, sin ser catalogado como un poder excepcional. En ese orden de ideas, la acción interpuesta por la sociedad demandante en el caso concreto es la idónea para cuestionar la legalidad de los actos administrativos que liquidaron unilateralmente el contrato (C. P. María Adriana Marín)Noticia generada en Feb. 1/21Información relacionada: Liquidación del contrato estatal presta mérito ejecutivo (Feb. 20/20)
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