Anuncian nuevas medidas para fortalecer el arbitraje
12 de Abril de 2018
El ministro de Justicia, Enrique Gil, destacó las bondades del arbitraje y señaló una serie de mejoras que se implementarán en el marco del Plan Decenal del Sistema de Justicia 2017-2027 (PDSJ), que contribuirán a hacer de esta figura un método de resolución de conflictos eficaz y confiable. (Lea: ¿Omitir interpretación prejudicial de normas comunitarias andinas anula un laudo arbitral?)
Entre las acciones prioritarias establecidas en el PDSJ se encuentran:
- La reglamentación de la operación de los mecanismos de resolución de conflictos, incluido el arbitraje, con una atención especial en todo lo relacionado con la implementación de las tecnologías de la información y comunicación.
- Consolidar el Sistema de Información de la Conciliación, el Arbitraje y la Amigable Composición (SICAAC) como un sistema robusto para el seguimiento y monitoreo de estos mecanismos en todo el territorio nacional.
- Poner en marcha un observatorio de los métodos de resolución de conflictos.
Medidas adicionales
Además, se trabajará en la construcción de un modelo de código de ética y trasparencia, la regulación de tarifas, la realización de actividades de difusión de este mecanismo y el desarrollo de cursos de alta calidad y de asesoramiento a empresas sobre el valor agregado del arbitramento a la hora de resolver sus controversias. (Lea: Lo que debe saber del proceso de anulación de laudos arbitrales)
Así mismo, el ministro hizo un llamado a los centros de arbitraje para fortalecer el componente de registro y reporte de casos del arbitraje en el país.
“Esto no es facultativo ni es discrecional, es un imperativo, porque en virtud de la normativa vigente, los datos y trámites que lleven a cabo los conciliadores, árbitros, secretarios de tribunal arbitral y amigables componedores deberán ser registrados en el SICAAC en los tiempos indicados”, puntualizó Gil Botero.
A nivel de arbitraje internacional
El ministro manifestó que Colombia publicó su nuevo modelo de acuerdo internacional con el cual pretende aclarar el alcance y contenido de varios estándares de tratamiento que constituyen el núcleo de la protección del inversionista extranjero y así combatir la ambigüedad y las interpretaciones inconsecuentes que suelen ser vistas en el arbitraje entre inversionista y el Estado. (Lea: ¿Cuáles son las causas para denegar el reconocimiento de un laudo arbitral internacional?)
Minjusticia, Comunicado, Abr. 11/18
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