Afiliación al Fondo de Prestaciones del Magisterio era obligación del ente territorial (10:37 a.m.)
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21 de Febrero de 2020
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Según el Decreto 3752 del 2003 y la jurisprudencia del Consejo de Estado, las entidades territoriales tenían la obligación de tramitar ante el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio la afiliación, de manera provisional, de los docentes vinculados en sus plantas de personal. Por lo tanto, no pueden librarse de responsabilidad por la ausencia de afiliación, alegando que el docente es quien debía aportar la documentación necesaria para efectuar el trámite correspondiente (C. P. Carmelo Perdomo).
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