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Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Se introducirían importantes cambios al régimen especial del Distrito Capital (12:14 p.m.)

25 de Octubre de 2016

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Nota:
122926
La plenaria de la Cámara de Representantes estudiará, en segundo debate, la iniciativa que modificaría el Decreto Ley 1421 de 1993 (régimen administrativo especial de Bogotá como Distrito Capital de Colombia). En primer lugar, se señalan las competencias del Concejo Distrital en lo que tiene que ver con el control político que podrá ejercer respecto a las actuaciones de los secretarios, jefes de departamento administrativo y representantes legales de entidades descentralizadas, así como del Personero y el Contralor, entre otros. Adicionalmente, se señala el procedimiento que se deberá cumplir para los debates de control y la anticipación con la que deberán producirse las citaciones. También se modificarían las condiciones para ser concejal, así: i) se requiere ser ciudadano en ejercicio y haber residido y estar domiciliado en la ciudad durante los cuatro años anteriores; ii) los concejales no tendrán suplentes; iii) las vacantes originadas en sus faltas absolutas serán llenadas por los candidatos no elegidos en la misma lista según el orden sucesivo y descendente de inscripción; iv) en ningún caso podrán ser remplazados quienes sean condenados por delitos comunes relacionados con pertenencia, promoción o financiación a grupos armados ilegales o actividades de narcotráfico; dolosos contra la administración pública; contra los mecanismos de participación democrática, ni por delitos de lesa humanidad. Por otra parte, se mencionan taxativamente las causales de inhabilidades e incompatibilidades para ejercer el cargo de concejal, dentro de las cuales se mencionan la gestión en nombre propio o ajeno de asuntos ante las entidades distritales o ser apoderados de las mismas o celebrar con ellas, por sí o por interpuesta persona, contratos, así como también ser apoderado o defensor en los procesos en que sean parte el Distrito Capital, sus entidades descentralizadas u otras personas jurídicas en las que aquel o estas tengan participación, entre otras causales; en el mismo sentido se menciona el régimen de inhabilidades de los alcaldes locales y ediles. La extensa reforma ya cuenta con ponencia positiva para segundo debate.

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