Actos de funcionario público competente no requieren autenticación en sede administrativa (12:03 p.m.)
13 de Diciembre de 2019
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Nota:
114649
De acuerdo con lo previsto en el artículo 25 del Decreto Ley 19 del 2012, sobre eliminación de autenticaciones y reconocimientos, todos los actos de funcionario público competente se presumen auténticos y, por ende, no se requiere de autenticación en sede administrativa. Ninguna autoridad administrativa podrá exigir la presentación, suministro o entrega de documentos originales autenticados o copias o fotocopias, sin perjuicio de los controles o verificaciones que dichas entidades deban realizar, salvo para el reconocimiento de pago de pensiones. Así lo recordó el Departamento Administrativo de la Función Pública, al resolver una solicitud de copia auténtica de la Circular Conjunta 100-002 del 2019, relacionada con lineamientos para el proceso de negociación de empleados públicos.
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