Aclaran qué trámites pueden realizar los subdirectores generales de infraestructura del IDU (1:47 p.m.)
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09 de Marzo de 2012
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La Resolución 4286 del 2011 del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) delegó en los subdirectores generales de infraestructura, desarrollo urbano y gestión corporativa la competencia para dirigir y adelantar la fase precontractual, celebrar los respectivos contratos y realizar los trámites, actuaciones y actos administrativos requeridos para la debida ejecución de los mismos, hasta su liquidación, cuando la cuantía sea igual o superior a 1.000 salarios mínimos mensuales legales. El instituto, por medio de la Resolución 511, aclaró que dichos trámites, actuaciones y actos administrativos están relacionados con las adiciones, prórrogas y contratos adicionales, reconocimiento de mayores cantidades de obra, restablecimiento del equilibrio económico de los contratos, actas de suspensión y de reinicio, ejercicio de facultades excepcionales, declaratoria de siniestro y efectividad de la garantía única de cumplimiento y sus respectivos amparos y actas de liquidación.
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