14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 8 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Administrativo


Aclaraciones de la Sección Segunda sobre el régimen de cesantías de los docentes del sector oficial (12:28 p.m.)

29 de Mayo de 2019

Reproducir
Nota:
111634
Una providencia reciente de la Sección Segunda del Consejo de Estado señala que los docentes que se vincularon a partir del 1° de enero de 1990, para efectos de las prestaciones económicas y sociales, se regirán por las normas vigentes aplicables a los empleados públicos del orden nacional, que establecen un sistema anualizado, sin retroactividad y pago de intereses a sus beneficiarios. Esto quiere decir que los docentes que ingresaron con posterioridad a la fecha señalada “por el solo hecho de ser designados por el alcalde o gobernador no adquieren el carácter de territorial” (C. P. Sandra Ibarra Vélez).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)