Aclaración importante para empleados vinculados a la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores (10:46 a.m.)
04 de Marzo de 2020
Reproducir
Nota:
114751
El Consejo de Estado aprovechó la oportunidad para aclarar que, de acuerdo con la jurisprudencia tanto de la Corte Constitucional como de la misma corporación, la cotización y liquidación de la pensión de jubilación y de las prestaciones sociales (como las cesantías) de los funcionarios del servicio exterior debe efectuarse con base en el salario realmente devengado y de ninguna manera con uno inferior. Amplíe esta tesis con la resolución del caso concreto objeto de estudio por parte de la Sala (C. P. Gabriel Valbuena Hernández).
Opina, Comenta