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Confirman suspensión provisional de la norma que dispone que los activos del IFI vinculados al contrato de administración de las salinas de Manaure deben transferirse a los ministerios (8:58 a.m.)

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25 de Noviembre de 2010

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El Consejo de Estado confirmó la suspensión provisional del artículo 2° del Decreto 1070 del 2009, en el que se indica que la totalidad de los activos del Instituto de Fomento Industrial (IFI) vinculados al contrato de administración delegada en lo relativo a las salinas de Manaure (Guajira) deben ser transferidos a los ministerios de Minas y Energía, de Comercio, Industria y Turismo, y a los demás según la naturaleza, destinación y sectores a los que pertenecen los bienes. A juicio del alto tribunal, la disposición desconoce el mandato de la Ley 773 del 2002, dado que en ella se establece que esos activos deben ser destinados a la sociedad de economía mixta denominada Salinas de Manaure (C.P. Marco Antonio Velilla Moreno).

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