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No es atribuible a la administración el daño sufrido en una actuación estatal cuando este se produce por el hecho exclusivo de la víctima (2:54 p.m.)

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21 de Diciembre de 2011

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No es atribuible a la administración el daño sufrido en una actuación estatal cuando este se produce por el hecho exclusivo de la víctima, indicó el Consejo de Estado. Ello es así porque se trata de una de las causales excluyentes de responsabilidad, toda vez que rompe el nexo causal entre el daño y la actuación. De esta forma, señaló que unas muertes causadas por miembros de la policía a quienes eran buscados para ser capturados y atacaron con armas de fuego en el operativo no implicaron responsabilidad de la administración. En otras palabras, quienes perpetuaban el plagio y atacaron con armas de fuego a los miembros de la Policía, dieron lugar a que estos repelieran la agresión actual, grave e inminente de que eran víctimas, mientras cumplían con su deber constitucional de proteger a quien estaba siendo privado de su libertad (C.P. Stella Conto Díaz del Castillo).

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