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En proceso por muerte de campesino, Consejo Superior cuestionó que no se haya vinculado a presuntos responsables a la investigación (10:37 a.m.)

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18 de Agosto de 2011

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Solamente cuando un miembro activo de la fuerza pública actúa razonablemente en el ámbito de su competencia puede admitirse que obra en función del servicio a su cargo y, por lo tanto, sus decisiones y operaciones de ejecución hacen parte del servicio al que se encuentra obligado. Así lo señaló el Consejo Superior de la Judicatura al ordenar que se remita el proceso por la muerte de un presunto campesino del Caquetá a una fiscalía especializada de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, con sede en la ciudad de Neiva. Al definir un conflicto de competencia entre la justicia penal militar y la justicia ordinaria, la Sala Disciplinaria señaló que no existe certeza de que la muerte del campesino se haya presentado como consecuencia de un combate entre la fuerza pública y la guerrilla, como lo indican miembros del Ejército. Habitantes de la región reconocieron a la víctima como campesino de la vereda La Esperanza y, de acuerdo con varios testigos, habría sido llevado por el Ejército en momentos en que realizaba labores del campo. La Sala cuestiona el porqué después de seis años no se ha vinculado a ninguno de los militares que participaron en la presunta operación militar a la investigación (M. P. María Mercedes López Mora).

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