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Este es el fallo que declaró inexequible la posibilidad de enajenar y destinar definitivamente los bienes en proceso de extinción para damnificados de la ola invernal (11:52 a.m.)

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18 de Noviembre de 2011

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La Corte Constitucional dio a conocer el texto del fallo que declaró inexequible los apartes del Decreto 4826 del 2010, expedido durante la declaratoria de emergencia económica, social y ecológica por la ola invernal, en los que se facultaba a la Dirección Nacional de Estupefacientes para enajenar y destinar definitivamente bienes incautados o en proceso de extinción de dominio a favor de los damnificados. En el caso de los bienes incautados, la Corte señaló que se limitaban los derechos procesales contemplados en las normas ordinarias que tienen los interesados en hacer algún reclamo. Por otra parte, tratándose de los bienes extinguidos, aunque no se afectaba el derecho de propiedad, no existía justificación para la destinación definitiva. Por ello, concluyó que las normas del decreto de emergencia que contemplan facultades para la entrega definitiva de bienes impactaban considerablemente en los derechos de propiedad y debido proceso (M.P. María Victoria Calle Correa).

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