Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Provocar o intervenir en riñas o escándalos públicos es una falta del profesional del Derecho que solo puede imputarse dolosamente (11:00 a.m.)

81094

04 de Mayo de 2012

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

El Consejo Superior de la Judicatura señaló que el profesional del Derecho incurre en una falta disciplinaria cuando participa voluntariamente en un alboroto o bullicio que altera la normal convivencia de la comunidad, escándalo que necesariamente debe originarse en el ejercicio de su profesión. La corporación explicó que esa infracción es esencialmente dolosa, pues sus verbos rectores hacen imperiosa la existencia de un elemento volitivo en el comportamiento. Por esta razón, no puede imputarse la comisión de la falta de manera culposa. De esta forma, concluyó que el abogado que provoca o interviene en riñas debe ser consciente de que su conducta infringirá el deber que le asiste y, a pesar de ello, decide incurrir en esa irregularidad (M.P. Jorge Armando Otálora Gómez).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)