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Procuraduría pidió respaldar las medidas compensatorias que se imponen a los infractores en materia ambiental (11:30 a.m.)

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27 de Abril de 2011

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Regular las medidas compensatorias en materia ambiental no desconoce el derecho al debido proceso, en especial lo referente a los principios de non bis in idem, legalidad de la sanción y reserva de ley y separación del poder. Así lo señaló la Procuraduría General de la Nación al pedirle a la Corte Constitucional que declare exequible el artículo 31 y los parágrafos 1 y 2 del artículo 40 de la Ley 1333 del 2009. Según el Ministerio Público, responder por los daños y reparar lo dañado no es una sanción ni un castigo, por lo que es razonable y válido que la ley precise que dicha imposición no exime al infractor de reparar el daño causado ni de la eventual responsabilidad civil, penal y disciplinaria a que hubiere lugar, por lo que no vulnera el principio de non bis in idem.

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