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No se configura la responsabilidad del Estado por ocupación permanente de un inmueble si la parte demandante no acredita ser la propietaria del predio (12:20 p.m.)

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09 de Diciembre de 2011

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El Consejo de Estado revocó una decisión del Tribunal Administrativo de Santander y decidió no declarar la responsabilidad del municipio de Valledupar por la ocupación permanente de un inmueble porque la sociedad actora no acreditó ser la propietaria del predio descrito en la demanda. Además, no se confirmó que la construcción de una vía haya afectado los predios de la demandante. “Nada indica que la entidad territorial demandada privó a su propietario del derecho de dominio y, por ende, que está obligado a reparar el daño patrimonial causado”, pues en estos casos, debe estar plenamente demostrado el daño y la propiedad del que reclama, señaló la Sección Tercera en su fallo (C. P. Stella Conto Díaz del Castillo).

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