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La protección especial que ofrece el retén social aplica para servidores públicos a partir del 1° de septiembre del 2002 (1:42 p.m.)

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06 de Septiembre de 2011

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El Consejo de Estado aclaró que, según lo indica el artículo 13 de la Ley 790 del 2002, la protección especial que ofrece el retén social se aplica a los servidores públicos a partir del 1° de septiembre del 2002, dado que el programa de renovación y modernización de la estructura de la Rama Ejecutiva inició con anterioridad a la promulgación de la ley mencionada, esto es, desde la expedición de las directivas presidenciales que pusieron en marcha el proceso de ajuste presupuestal y fiscal. De otra parte, la Ley 812 del 2003 estableció que los beneficios del retén se aplicarían hasta el 31 de enero del 2004. Sin embargo, la Corte Constitucional declaró inexequible ese término y señaló que el límite a esa protección lo fijaba el término de liquidación de la respectiva entidad. En el fallo, la Sección Segunda precisó algunas características del retén social frente a las personas que están próximas a pensionarse (C.P. Gerardo Arenas Monsalve).

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