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La estabilidad relativa del empleado nombrado mediante encargo está limitada por el principio del interés general (10:05 a.m.)

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30 de Septiembre de 2011

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La condición para dar por terminado el nombramiento por encargo consistente en que la administración debe acreditar que proveyó el cargo en vacancia de forma definitiva constituye una especie de estabilidad relativa, aclaró el Consejo de Estado. Sin embargo, esa estabilidad relativa encuentra un límite en el principio del interés general, que orienta la totalidad de las actuaciones de la administración. En esa medida, por razones de eficiencia y eficacia del servicio se puede dar por terminado un nombramiento mediante encargo, siempre que se motive el acto administrativo que adopta la decisión. Ello sucede cuando se demuestra que el empleo vacante no resulta indispensable para el normal funcionamiento de una entidad pública, debido a un proceso de restructuración, supresión y adecuación de la planta de personal o para reducir los gastos de funcionamiento (C.P. Gerardo Arenas Monsalve).

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