La compensación de las vacaciones en dinero hace parte de la base de liquidación de los aportes parafiscales (10:11 a.m.)
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31 de Marzo de 2011
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Todo lo que se pague por descansos remunerados hace parte de la base de liquidación de los aportes parafiscales, sin importar su naturaleza indemnizatoria, compensatoria o salarial. Así lo dijo el Consejo de Estado al responder una consulta elevada por el Ministerio de la Protección Social, en la que concluyó que la compensación de las vacaciones en dinero también hace parte de la liquidación de los aportes parafiscales. Según el alto tribunal, además de los descansos remunerados, hace parte de la base de liquidación de estos aportes todo concepto de “nómina mensual de salarios”, esto es, todo lo que recibe el trabajador como retribución por sus servicios de manera habitual y periódica, excepto lo que expresamente la ley excluya, como el auxilio de transporte y los acuerdos entre empleadores y trabajadores sobre los pagos que no constituyen salario (C.P. Luis Fernando Álvarez Jaramillo).
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