Es obligación del liquidador conservar el archivo documental de la entidad: Corte Constitucional (4:27 p.m.)
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28 de Abril de 2011
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La conservación de archivos es de vital importancia tanto para los administrados como para el normal funcionamiento de las entidades, señaló la Corte Constitucional. Por esa razón, esa conservación debe ser garantizada, aunque las entidades públicas o privadas atraviesen procesos liquidatorios. La corporación aclaró que ese deber subsiste en cabeza del liquidador, quien está obligado a garantizar a los ciudadanos el acceso a esos documentos, máxime si se trata de archivos laborales de la entidad. De esta forma, la corte tuteló el derecho de petición de un ex trabajador que solicitó un certificado laboral, necesario para reclamar la pensión de vejez, y a quien no le fue contestada la petición. En el fallo se recordó que las entidades privadas deben dar respuesta a las peticiones efectuadas por sus empleados o ex empleados cuando se trate de asuntos relacionados con derechos laborales, salariales o prestacionales (M.P. Luis Ernesto Vargas Silva).
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