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El nombramiento de una persona que está por fuera del número de cargos ofertados no se puede impugnar a través de tutela (11:43 a.m.)

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16 de Mayo de 2011

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Los efectos del concurso adelantado por la Comisión Nacional de Administración de la Carrera de la Fiscalía General de la Nación no pueden extenderse a aquellos cargos no ofertados mediante las convocatorias, recordó el Consejo de Estado. Sin embargo, aclaró que a través de la acción de tutela no pueden ampararse derechos laborales presuntamente desconocidos por el acto administrativo que da por terminado un nombramiento en un cargo de provisionalidad y se remplaza por una persona que concursó y aprobó las etapas del concurso, pero no quedó dentro del número de elegibles. Según la Sección Cuarta, para impugnar ese nombramiento debe acudirse a la acción de nulidad y restablecimiento del derecho y no a la acción de tutela (C.P. Martha Teresa Briceño de Valencia).

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