El control de los actos administrativos disciplinarios se realiza en torno a la protección de las garantías básicas (5:02 p.m.)
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05 de Septiembre de 2011
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El control de los actos administrativos disciplinarios se realiza en torno a la protección de las garantías básicas, como el debido proceso, el derecho de defensa, la competencia del funcionario y la legalidad del decreto y práctica de pruebas. Esta fue la conclusión a la que llegó el Consejo de Estado al resaltar que la presunción de legalidad que ampara las decisiones disciplinarias no puede quebrantarse mediante cualquier defecto procesal, máxime si el afectado tiene la posibilidad de participar activamente en la construcción de la decisión. El alto tribunal recordó que el debido agotamiento de la vía gubernativa implica que el administrado deje claramente expuestos los motivos de su inconformidad o el objeto de su reclamación. En todo caso, el ciudadano puede enriquecer la demanda con razones o planteamientos para fundamentar sus pretensiones, las que no pueden ser esencialmente distintas al objeto del debate surtido en sede administrativa (C.P. Víctor Hernando Alvarado Ardila).
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