Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Dirección Ejecutiva de Administración Judicial debe reconocer la bonificación por compensación desde que fue proferido el fallo que revivió esa prestación (11:55 a.m.)

Openx [71](300x120)

78992

25 de Enero de 2012

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

En el 2001, la Sección Segunda del Consejo de Estado declaró la nulidad del Decreto 2688 de 1998, en el que se había derogado el reconocimiento de la bonificación por compensación para determinados funcionarios de la Rama Judicial. Recientemente, esta misma corporación decidió estarse a lo resuelto en ese fallo frente a la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta contra la norma. La Sección Segunda, conformada por una sala de conjueces, señaló que desde que este decreto fue anulado, la Dirección Ejecutiva de la Administración Judicial debía efectuar los reconocimientos. Por ello, no debe ser vinculada necesariamente a los procesos en los que se pretende el pago de esta prestación, pues en todo caso le son oponibles esas decisiones. De esta forma, confirmó el reconocimiento de la bonificación por compensación a varios empleados del Consejo Superior de la Judicatura (C.P. José Fernando Torres Fernández).

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)