Cuando el juez examina la existencia del título ejecutivo no puede exigirle al ejecutante que pruebe la existencia de los pagos (4:51 p.m.)
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16 de Marzo de 2011
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El Consejo de Estado explicó que el juez no puede, al momento de examinar la existencia del título ejecutivo y con el objeto de librar mandamiento de pago, exigirle al ejecutante que pruebe la existencia de pagos que él mismo aduce fueron efectuados. Ello es así porque la circunstancia que refiere el ejecutante es una afirmación indefinida que invierte la carga de la prueba, es decir, que quien debe probar si se pagó o no es el ejecutado. Además, esa exigencia implicaría que cada vez que se efectúen nuevos pagos se debe constituir un nuevo título ejecutivo. La corporación recordó que las actas de liquidación de los contratos de administración del régimen subsidiado constituyen títulos ejecutivos, susceptibles de ser objeto de mandamiento de pago (C.P. Gladys Agudelo Ordóñez).
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