Corte Constitucional recuerda que es improcedente la tutela contra sentencias de tutela (9:13 a.m.)
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03 de Mayo de 2011
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La Corte Constitucional reiteró que las sentencias de tutela o las decisiones que se adopten en el trámite de estos procesos no pueden ser objeto de controversia constitucional a través de la formulación de nueva solicitud de tutela, pues ello significaría la desnaturalización jurídica del amparo constitucional, volvería indefinidos los conflictos jurídicos, afectaría gravemente los principios de seguridad jurídica y cosa juzgada y ocasionaría perjuicios al goce efectivo y real de los derechos constitucionales. De esta forma, la corporación señaló que los fallos de tutela hacen tránsito a cosa juzgada, ya sea cuando se excluye su revisión, en la sentencia de única o primera instancia, o cuando se decide revisarla, en la sentencia que profiere el alto tribunal en lo constitucional (M.P. María Victoria Calle Correa).
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