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Consejo Superior reiteró la excepcionalidad de la justicia penal militar y dejó en la jurisdicción ordinaria investigación contra miembros activos del Ejército (10:08 a.m.)

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26 de Abril de 2011

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El Consejo Superior de la Judicatura reiteró lo dicho por la Corte Constitucional en el sentido de que la justicia penal militar constituye la excepción a la norma ordinaria, y solo será competente en los casos en los que se evidencie que la excepción al principio del juez natural general debe aplicarse. Adicionalmente, en las situaciones en las que exista duda acerca de cuál es la jurisdicción competente para conocer sobre un proceso determinado, la decisión deberá recaer en favor de la jurisdicción ordinaria, pues no se pudo demostrar plenamente que se configuraba la excepción. El pronunciamiento lo hizo el alto tribunal al dirimir un conflicto de competencias y dejar en la justicia ordinaria el expediente que contiene la investigación por la muerte de dos personas durante un supuesto enfrentamiento con la fuerza pública (M. P. Henry Villarraga).

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