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Autonomía de los operadores judiciales no permite hacer interpretaciones contrarias a derecho: Consejo Superior (3:43 p.m.)

80603

19 de Abril de 2012

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Aunque los funcionarios judiciales están revestidos de autonomía funcional, esto no los faculta para que acudan a ejercicios interpretativos contrarios a derecho, señaló el Consejo Superior de la Judicatura al sancionar a un fiscal por irregularidades en el trámite de un proceso por tráfico, fabricación y porte de estupefacientes. Según la Sala Jurisdiccional Disciplinaria, el fiscal decretó la nulidad de la resolución de acusación proferida en contra de un presunto narcotraficante argumentando que en el proceso no se tuvieron en cuenta los alegatos de conclusión de la defensa, pese a que ese documento fue presentado 15 días después de haber vencido el término para ser aportado al expediente. “El comportamiento del fiscal revistió gravedad, pues por su negligencia se causó notable perjuicio al servicio de administración de justicia y especialmente a las víctimas dentro de la actuación penal”, señaló la Sala en su decisión (M. P. Jorge Armando Otálora).

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