Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Dian aclara beneficios tributarios por compra de vehículos eléctricos e híbridos

Los automóviles eléctricos e híbridos de uso personal están sujetos a IVA del 5 %, de acuerdo con el artículo 468-1 del Estatuto Tributario.

Openx [71](300x120)

249351
Imagen
carro-electrico-cargafreepik.jpg

29 de Agosto de 2025

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Dian emitió un concepto que aclara que las personas naturales que adquieran automóviles híbridos o eléctricos para uso personal no pueden acceder a los beneficios tributarios previstos en los artículos 11 y 12 de la Ley 1715/14. Según el pronunciamiento, estos incentivos fueron creados para proyectos de generación y uso de energía con fuentes no convencionales y no para la simple compra de vehículos.

El documento aclara que la deducción especial en renta, equivalente al 50 % de la inversión realizada en proyectos de investigación y desarrollo en energías limpias, solo aplica para contribuyentes que participen en iniciativas certificadas por la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME). De igual forma, la exclusión del IVA para equipos, elementos o servicios destinados a estas actividades se concede únicamente si se emplean en procesos de producción y utilización de energías renovables. (Lea: Dian aclara criterios para aplicar IVA en la importación de gasolina y ACPM)

La Dian reiteró que los vehículos híbridos y eléctricos adquiridos por particulares para su uso personal están gravados con el impuesto al valor agregado a una tarifa diferencial del 5 %, conforme lo establece el artículo 468-1 del Estatuto Tributario. Esta conclusión ya había sido anticipada en el Concepto 3903 del 2025, en el que la entidad señaló que dichos automotores no cumplen los requisitos exigidos por la Ley 1715/14 para acceder a los beneficios fiscales.

En consecuencia, el concepto enfatiza que los incentivos tributarios de la Ley 1715 tienen como finalidad promover la inversión en proyectos de energías limpias y de gestión eficiente de la energía y no cobijan adquisiciones para uso individual. De esta manera, los compradores de automóviles híbridos o eléctricos solo cuentan con la tarifa reducida del IVA, sin la posibilidad de aplicar las exenciones en renta ni las exclusiones adicionales previstas en la normativa.

Siga nuestro nuevo canal de WhatsApp.

Gracias por leernos. Recuerde que si es suscriptor puede descargar el archivo soporte de esta noticia haciendo clic en el botón azul. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, los datos identificadores y los documentos sin límites.

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)