Valor de pérdida por deterioro de inversiones de entidades en proceso de extinción de dominio no puede ser diferido (11:42 a.m.)
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02 de Junio de 2016
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De acuerdo con lo previsto en los párrafos 27.5 y 27.6 de las normas internacionales de información financiera para Pymes, el valor de pérdida por deterioro de las inversiones de las entidades que están en proceso de extinción de dominio no puede ser diferido, sino que debe afectar los resultados acumulados de manera inmediata en el momento de elaboración del estado de situación financiera de apertura (ESFA), indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Si luego de realizar el análisis de control la entidad en proceso de extinción de dominio determina que controla a las entidades donde tiene inversiones, tendrá que preparar el ESFA consolidado, incluyendo todas las entidades controladas, agregó.
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