Unifican procedimiento para reportar información sobre estampillas distritales y contribución especial de obra pública (11:56 a.m.)
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30 de Noviembre de 2016
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La Secretaría de Hacienda de Bogotá, mediante Resolución 415 del pasado 15 de noviembre, unificó y simplificó el procedimiento para el reporte de información sobre el impuesto de estampillas distritales y la contribución especial de obra pública. De acuerdo con la norma, les corresponde a las entidades públicas realizar el reporte dentro de los primeros diez días hábiles de los meses de enero y julio de cada año, para la información correspondiente al semestre inmediatamente anterior. La información respecto a la contribución de obra pública se deberá presentar dentro de los 10 primeros días hábiles de cada mes. Las entidades que no suministren los datos requeridos dentro del plazo establecido para ello o cuyo contenido presente errores o no corresponda a lo solicitado incurrirán en las sanciones previstas en el Decreto Distrital 807 de 1993.
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