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Todo listo para recaudo de impuesto al consumo de cerveza, cigarrillos y tabaco (4:17 p.m.)

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02 de Enero de 2017

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El Ministerio de Hacienda, por medio de la Resolución 4703 y la Certificación 02 del 2016, dio a conocer el promedio del impuesto al consumo de cerveza nacional y el diseño de los formularios de liquidación del impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco, respectivamente. De acuerdo a estas disposiciones, los promedios ponderados para el impuesto al consumo aplicables como mínimo a los productos extranjeros gravados con el impuesto al consumo que trata la Ley 223 de 1995, y que rigen para el primer semestre del 2017, son: $ 339,10 para la cerveza; $ 288,32 para los sifones y $ 112,09 para los refajos y mezclas. En lo concerniente a los cigarrillos y tabaco, se establecieron los formularios de liquidación MHCP D.A.F. CIG 1 REF-2016 para las declaraciones de producción nacional y MHCP D.A.F. CIG 3 REF-2016 para las declaraciones de producción extranjera. La declaración y pago del impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado, y de la sobretasa al consumo, causados hasta el 31 de diciembre de 2016, deberán efectuarse en los formularios adoptados mediante la Resolución 1949 del 2010.

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