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Son deducibles de renta las cuotas de fomento y de cesión de precios (4:04 p.m.)

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12 de Febrero de 2013

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El Consejo de Estado consideró que las contribuciones parafiscales (cuotas de fomento y cesión de estabilidad de precios) son deducibles de renta por la relación de causalidad con la actividad productora y porque su pago es obligatorio para comercializar productos agropecuarios, en cumplimiento de las Leyes 101 de 1993 y 138 de 1994. En la misma determinación, la Sección Cuarta asimiló las cuotas de fomento y de cesión a las que pagan los empresarios a la Superintendencia de Industria y Comercio y a las cámara de comercio, respecto de las cuales la jurisprudencia ha aceptado su deducibilidad, teniendo en cuenta que forman parte de los egresos realizados en cumplimiento de disposiciones legales de carácter obligatorio para desarrollar el objeto social (C. P. Carmen Teresa Ortiz De Rodríguez).

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