Servicios contables solo deben ser presentados por contadores inscritos ante la JCC (4:06 p.m.)
22 de Julio de 2019
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Nota:
121463
El pasado viernes, la Junta Central de Contadores reiteró que los servicios propios de la ciencia contable, definidos en el artículo 2º de la Ley 43 de 1990, solo deben ser prestados por contadores públicos o entidades debidamente inscritas. Lo anterior teniendo en cuenta que están circulando por las redes sociales mensajes de preparación de declaraciones de renta auspiciadas, entre otras, por algunas entidades bancarias. Al respecto, la JCC reitera que cuenta con mecanismos para que, antes de contratar los servicios relacionados con la profesión contable, se pueda verificar el respectivo registro profesional. Consulte el estado de su contador en este enlace.
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