Se puede autorizar la continuación de viaje cuando el documento de transporte sea consignado o endosado a un usuario industrial de zona franca (3:27 p.m.)
31 de Marzo de 2010
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Nota:
65359
Respecto a la nacionalización de mercancías clasificables en los capítulos 50 al 64 del Arancel de Aduanas, la DIAN consideró procedente la autorización de continuación de viaje cuando el documento de transporte se encuentre consignado o sea endosado a un depósito clasificado como usuario industrial de zona franca.
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