Reglamentarían certificados de donaciones a instituciones de educación superior públicas para descuentos tributarios (3:16 p.m.)
15 de Agosto de 2019
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Nota:
121091
El artículo 82 de la Ley 1943 del 2018 adicionó el parágrafo 2º del artículo 257 del Estatuto Tributario (E. T.), donde se señaló que los usuarios de las entidades financieras vigiladas por la Superfinanciera tendrán la posibilidad de efectuar donaciones para el financiamiento y sostenimiento de las instituciones de educación superior públicas, a través de los cajeros automáticos, páginas web y plataformas digitales de dichas entidades, que emitirán los certificados de donación a fin de que los donantes puedan tomar el descuento tributario, en los términos previstos en los artículos 257 y 258 del E. T. Por lo tanto, el Ministerio de Hacienda publicó un proyecto de norma para aclarar quién será el facultado para emitir los certificados que permitirán a los donantes tomar el descuento tributario. También fijaría el contenido que deben tener los certificados emitidos y definiría las herramientas por medio de las cuales las entidades podrían realizar el recaudo. El ministerio recibirá comentarios hasta el próximo 29 de agosto, a través de su sitio web.
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