Tributario
Reglamentan funcionamiento del Fondo Cree
18 de Octubre de 2013
El Ministerio de Hacienda reglamentó el funcionamiento del Fondo Cree y de la subcuenta de garantía, creados por la Ley 1607 del 2012 (reforma tributaria).
Dicho fondo atenderá los gastos necesarios para el cumplimiento de los programas de inversión social a cargo del ICBF, el Sena y para financiar parcialmente la inversión social del Sistema de Seguridad Social en Salud.
Constituirán recursos del fondo:
- Los trasladados a la Dirección General de Crédito Público por las entidades recaudadoras del impuesto sobre la renta para la equidad (Cree).
- Los provenientes de las operaciones temporales de tesorería necesarias para proveer los faltantes transitorios de recaudo en el fondo.
- Los procedentes del presupuesto general de la Nación en cumplimiento de la garantía de financiación de que trata el artículo 28 de la Ley 1607.
- Los rendimientos financieros generados en la administración de los recursos de dicho fondo.
- Los recaudados por concepto de intereses por la mora en el pago del mencionado impuesto y las sanciones a que haya lugar.
- Los reintegros de recursos girados a que haya lugar.
La norma precisa que la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional será la instancia encargada de administrar los recursos del fondo y la subcuenta.
(Ministerio de Hacienda, Decreto 2222, oct. 11/13)
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