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25 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 4 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Reclasificación de la revalorización del patrimonio no significa que las restricciones de distribución hayan desaparecido

31 de Agosto de 2018

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La reclasificación del saldo de la cuenta de revalorización del patrimonio a las ganancias retenidas u otra cuenta patrimonial no significa que las restricciones para su distribución hayan desaparecido, precisó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública.

 

Para que esto fuera posible debería darse cumplimiento a las restricciones legales impuestas para su distribución por parte de las autoridades, y al criterio de mantenimiento de capital que haya sido definido por el responsable de los estados financieros, con fundamento en las necesidades de los usuarios. (Lea: Servicios prestados por el contador público no pueden ser indefinidos)

 

Por lo tanto, independientemente de la cuenta en la que hayan sido registradas estas partidas, la entidad debe presentar por separado, en sus estados financieros, las restricciones legales que existen sobre este tipo de partidas.

 

La entidad señaló como de fundamental importancia tener en cuenta que la distribución de utilidades sobre un enfoque financiero nominal podría afectar los niveles de solvencia de la entidad y ser contrario a las necesidades de los usuarios de los estados financieros.

 

CTCP (contaduría pública), Concepto 669, Ago. 14/18.

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