Preguntas y respuestas sobre el impuesto complementario de normalización tributaria (8:48 a.m.)
23 de Febrero de 2016
Reproducir
Nota:
105280
A través de la Ley 1739 del 2014 (reciente reforma tributaria), como un mecanismo de lucha contra la evasión, se creó con carácter temporal el impuesto de normalización tributaria, como un impuesto complementario del impuesto a la riqueza, así lo recordó la Dian al publicar en su sitio web un documento completo con preguntas y respuestas sobre dicho tributo. Así, explica que la normalización tributaria es un impuesto que se causa por la posesión de activos omitidos o pasivos inexistentes al 1º de enero de los años 2015, 2016 y 2017. Todo ciudadano que tenga pasivos inexistentes o activos omitidos y que no los haya declarado va a poder legalizarlos y normalizarlos en el año 2016, pagando solo un 11,5 % de impuesto. Si la normalización se realiza durante el año 2017, la tarifa aplicable será del 13 %, precisa la entidad. También, se ocupa de aclarar qué se entiende por activos omitidos o pasivos inexistentes; cuál es la base gravable del impuesto; qué beneficios trae pagar este impuesto, entre otros asuntos.
Opina, Comenta