Precisan el principio de favorabilidad aplicable en materia sancionatoria administrativa (10:59 a.m.)
08 de Junio de 2018
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Nota:
122641
Dentro de una acción de nulidad y restablecimiento del derecho, la Sección Cuarta del Consejo de Estado enfatizó sobre la aplicación del principio de favorabilidad, conforme a jurisprudencia de la Sala de Consulta y Servicio Civil, que debe aplicarse como regla general en los procesos disciplinarios y administrativos adelantados por las autoridades, salvo en aquellas materias que por su especial naturaleza no resulten compatibles con él, como es el caso de las disposiciones sobre política económica. De igual forma, el alto tribunal administrativo aseguró que este principio, cuando es aplicable en materia sancionatoria administrativa, constituye un imperativo constitucional y por ende puede ser aplicado a solicitud de parte o de oficio por la autoridad juzgadora competente (C. P. Milton chaves García).
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