Para efectos de industria y comercio, definición de servicios incluye aquellos ejecutados en cualquier nivel educativo (10:20 a.m.)
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08 de Junio de 2018
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La definición de actividad de servicios que establece el artículo 345 de la Ley 1819 del 2016 es más genérica y comprende todos los servicios prestados por personas naturales, incluidos los que se ejecutan en ejercicio de la profesión de cualquier nivel educativo, es decir, profesional, tecnólogo, técnico o aprendiz, precisó el Ministerio de Hacienda. Así las cosas, es necesario que los municipios verifiquen sus estatutos tributarios en el sentido de establecer las tarifas correspondientes a las actividades que resulten gravadas con el impuesto de industria y comercio a partir de la nueva definición, de manera que los contribuyentes conozcan las reglas de tributación y de retención en la fuente, en caso de tener adoptado este sistema de recaudo anticipado.
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